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Reforma laboral y externalización logística

20/05/2022

Reforma laboral y externalización con Centros Especiales de Empleo: seguridad jurídica para las empresas y estabilidad laboral para las personas con discapacidad

Recientemente ha entrado en vigor la reforma laboral impulsada por el Gobierno del Estado con el objetivo de mejorar la estabilidad laboral de las personas y reducir la temporalidad imperante en los contratos de trabajo. Una de las principales modificaciones que se incluyen respecto a la normativa anteriormente vigente desde las reformas de 2010 y 2012 es la que hace referencia a qué convenio deben aplicar las empresas subcontratistas: este será el convenio sectorial de la actividad que se desarrolle en la contrata o subcontrata, con independencia de su objeto social o forma jurídica, u otro si así lo determina la negociación colectiva. Sin embargo, si la empresa contratista o subcontratista cuenta con un convenio de empresa, se aplicará este en los términos previstos en el artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores, sin que tenga primacía aplicativa en materia salarial.

No obstante, la norma establece expresamente una excepción en el caso de los Centros Especiales de Empleo (CEE): en este sentido, el régimen jurídico aplicable a las contratas y subcontratas suscritas con Centros Especiales de Empleo vendrá regido por el convenio que venga aplicando el CEE, y no el de la actividad objeto de la contrata o subcontrata. Así pues, en el caso de Fundación CARES y del resto de Centros Especiales de Empleo de Cataluña, mantenemos el Convenio colectivo de trabajo del sector de talleres para personas con discapacidad intelectual de Cataluña -y el Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad para nuestros servicios en el resto de España- como la herramienta base para fijar las condiciones laborales, y también salariales, de nuestras plantillas.

Desde el sector de la discapacidad celebramos que se haya optado por mantener los convenios específicos del sector de la discapacidad para la fijación de las condiciones laborales en nuestras empresas y entidades. En primer lugar, estos convenios son los únicos que recogen las especificidades de los Centros Especiales de Empleo y ofrecen una regulación de las relaciones laborales ajustada a las necesidades específicas de las personas trabajadoras y las empresas del sector. En segundo lugar, en un sector en el que el grueso de los ingresos proviene de la subcontratación de nuestros servicios, esto nos permite mantener las condiciones pactadas con nuestros clientes, facilita el mantenimiento de los contratos y garantiza la estabilidad de nuestras plantillas, formadas en más de un 70% por profesionales con discapacidad.  Y, por último, nos permite seguir siendo competitivos frente a empresas del mercado ordinario y poder ofrecer nuestros servicios a un precio ajustado a la realidad del mercado para seguir cumpliendo con nuestra misión: buscar y crear puestos de trabajo para las personas con discapacidad.

 

*Este artículo fue publicado originalmente en el boletín informativo 'ATEIA Informa' n. 134, de abril de 2022, publicado por la Asociación de Transitarios Internacionales de Barcelona, ATEIA - OLTRA. Podéis consultar el artículo tal como fue publicado originalmente en el web de ATEIA - OLTRA.

 

Comprometidos con un futuro sostenible

Esta noticia está relacionada con los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible definidos como prioritarios para Fundación CARES: